Bahía Blanca | Viernes, 29 de marzo

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¿Juicio político al presidente?

Escribe Carlos R. Baeza

Un grupo de legisladores encabezados José Luis Gioja y otros referentes del kirchnerismo acaban de solicitar el juicio político del presidente Mauricio Macri imputándole las causales de mal desempeño y la comisión de delitos en el ejercicio de su cargo, por su participación en la causa del Correo Argentino; el haber eximido a familiares de funcionarios del blanqueo de capitales y la supuesta concesión de favores a empresarios con lazos familiares o de amistad con el presidente. Se trata de una maniobra más de quienes desplazados del poder por el voto popular y estando muchos de ellos sometidos a procesos judiciales por corrupción, tratan de dificultar la gobernabilidad de las actuales autoridades, olvidando su reciente pasado cuando haciendo causa común con el vicepresidente Boudou y algún ministro, se opusieron a los pedidos de juicio político contra tales funcionarios, no obstante las contundentes probanzas acumuladas en diversos procesos.

El denominado “juicio político” no figura como tal en parte alguna de la Constitución Nacional, precisamente por cuanto al tratarse de un régimen presidencialista es inadmisible la responsabilidad política del titular del Ejecutivo, a diferencia de lo que ocurre con los regímenes parlamentarios. Por tanto, a lo que aluden los arts. 53, 59 y 60 de la Constitución es al proceso -“juicio público” dice el art. 59- que es posible intentar contra el presidente; vicepresidente; jefe de gabinete; ministros y jueces de la Corte Suprema, como una expresión del principio republicano de responsabilidad de los funcionarios y que encuentra correlato en el desafuero de los legisladores (art.70) y en el jurado de enjuiciamiento de los jueces inferiores (art. 115). Dicho proceso comienza con la acusación que formula la Cámara de Diputados con dos tercios de votos y el posterior juzgamiento del Senado por igual mayoría, cuerpo que está habilitado para destituir al acusado e inhabilitarlo para el ejercicio de empleos públicos, sin perjuicio de la intervención que corresponda a la justicia en caso de haber incurrido en delitos.

Es así que solo 3 son las causales para promover este juicio: a) mal desempeño; b) delito en el ejercicio de sus funciones y c) delitos comunes. Las dos últimas causales son precisas en cuanto que debe tratarse de conductas tipificadas en el Código Penal como delitos: en el primer caso por aquellos ilícitos en los cuales sólo puede incurrir un funcionario público, como por ej: malversación de caudales públicos, en tanto que el restante alude a delitos que puede cometer cualquier habitante, como un homicidio. En cambio, la causal de mal desempeño es amplia y genérica y “requiere ser concretada en actos que impidan el ejercicio de los derechos individuales, o signifiquen un perjuicio para el servicio público o una deshonra para el país o la investidura del funcionario. Solo tales hechos expresados claramente en cargos por los acusadores son del resorte del juicio político” (Alfredo L. Palacios).

Cabe recordar que el texto constitucional de 1853 solo contemplaba a los delitos como causales de este juicio y que fue la reforma de 1860 que incluyó la causal de mal desempeño al sostenerse en los debates que “el tribunal que falta a su deber, el juez que prevarica, el ministro que abusa de su posición para tomar parte en especulaciones ilícitas, que pueden no ser dañosas a los caudales públicos; el presidente o gobernador que ejerce o autoriza la coacción sobre los empleados públicos o sobre el pueblo en el acto de las elecciones, no están comprendidos entre los grandes crímenes que especifican ambas Constituciones, ni puede decirse que violan un artículo constitucional cuya violación traiga aparejada pena infamante o de muerte siendo sin embargo estas y otras análogas, las verdaderas causas de responsabilidad que son del resorte del juicio político”.

Es evidente que los supuestos actos de mal desempeño en que habría incurrido el actual presidente así como la comisión de delitos inherentes al cargo que igualmente se le imputan, carecen de todo sustento legal y no son más que maniobras tendientes a desprestigiar al gobierno. Claro está que no se trata de expresiones aisladas.

“El día del argentinazo a Macri está cerca, más vale que tenga el helicóptero cerca”. (D’Elía)

“No termina su mandato. No llega ni loco”. (Bonafini)

“El gobierno de Macri puede terminar como el De la Rúa”. (Duhalde)

“Es un gobierno que va a caer, y que vamos a ayudar a que se caiga, porque gobierna contra el pueblo. Por lo tanto, vamos a hacer lo posible por no dejarlos gobernar”. (Esteche)

“Macri recorta igual que De la Rúa”. (Massa)

“Macri va a ser peor que Menem y va a terminar peor que De la Rúa”. (Isa, vicegobernador salteño)

Como se advierte, “los desconocidos de siempre” están como caranchos al acecho sin digerir que perdieron las elecciones porque el pueblo así lo dispuso y que en los comicios de este año, solo se trata de elegir autoridades legislativas, por lo cual veremos a muchos reciclados jugando a “La oca” y retrocediendo varios casilleros en la política vernácula. Una cosa era luego de dejar una gobernación pasar a integrar el Senado vitaliciamente y otra muy diferente es haber sido presidente y volver a ocupar un escaño entre 257 diputados.

Por tanto solo resta esperar que se expida la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados que debe tratar esa solicitud y en caso que acoja la misma vaticinar quiénes eventualmente en ese cuerpo conformarían los dos tercios de votos necesarios para que el Senado pueda juzgar al presidente. Sin duda que el rechazo legislativo será la respuesta institucional que cabe esperar a la descabellada pretensión de Gioja y compañía.